
Abr 30, 2026 Noticias Policiales Comentarios desactivados en En un sorprendente fallo, la Cámara de Casación anuló el procesamiento de Alberto Fernández en la causa Seguros
La Sala IV de la Cámara de Casación, por mayoría, aceptó este miércoles el pedido de Alberto Fernández y anuló la confirmación de su procesamiento por corrupción, dictada en una instancia anterior, en el marco de la causa conocida como “Seguros”. En consecuencia, ordenó que la Cámara Federal emita un nuevo pronunciamiento.

Sin embargo, los jueces no se pronunciaron sobre el fondo del caso ni sobre la inocencia del expresidente frente a los hechos de corrupción. Más bien, solicitaron que el tribunal encargado de revisar las decisiones tomadas en primera instancia vuelva a evaluar el procedimiento que llevó a confirmar la acusación.
La mayoría que anuló el procesamiento estuvo integrada por los jueces Mariano Borinsky y Javier Carbajo.
Fernández había solicitado ante la Cámara Federal de Casación Penal la nulidad de las acusaciones que podrían derivar en su primer juicio oral por corrupción. Esta causa se inició tras una investigación de Clarín, y el exmandatario fue procesado por negociaciones incompatibles con la función pública.
El expediente involucra un cuestionado decreto firmado por Fernández, 45 contratos, 25 intermediarios de seguros, comisiones millonarias, una cooperativa que habría funcionado como financiera y un presunto direccionamiento en la adjudicación de contratos. La justicia calificó esta maniobra como una “estructura criminal” destinada a desviar fondos públicos hacia privados.
Según consta en la acusación, las comisiones pagadas a intermediarios en contratos entre organismos públicos, supuestamente irregulares y direccionados, alcanzaron un total de 3.364.522.944 pesos.
Tras las apelaciones de los acusados, el 23 de febrero pasado, la Sala IV de la Casación Federal –integrada por Carbajo, Gustavo Hornos y Borinsky– confirmó el procesamiento de diez personas vinculadas a este entramado de corrupción, que involucra contratos del Estado con Nación Seguros y la intermediación de brokers del sector. Los delitos imputados incluyen administración fraudulenta en perjuicio del Estado y negociaciones incompatibles.
No obstante, la situación procesal de Alberto Fernández quedó bajo revisión en la Corte Suprema penal. El expresidente es el principal implicado en la red de comisiones y favoritismos otorgados a su amigo y broker Héctor Martínez Sosa, quien concentró el 59,6 % de los pagos realizados a comisionistas.
La causa está en análisis porque la Cámara de Casación aceptó un recurso de la defensa que apuntaba a que, en la etapa anterior, el fiscal de Cámara, José Luis Aguero Iturbe, consideró necesario escuchar a los testigos propuestos por Fernández.
La defensa del expresidente argumentó que la confirmación del procesamiento fue arbitraria, ya que se basó en una errónea interpretación de la ley sustantiva y procesal, vulnerando garantías constitucionales como el derecho al debido proceso y a la defensa en juicio.
Dos de los jueces de la Sala IV de la Casación avalaron ese planteo. Los magistrados señalaron que no hubo una controversia real entre la defensa y el Ministerio Público Fiscal, ya que ambos habían solicitado revocar el procesamiento y dictar la falta de mérito.
En particular, el camarista Mariano Borinsky indicó que la confirmación del procesamiento excedió la pretensión acusatoria, afectando el principio acusatorio, el contradictorio y el debido proceso.
Cuando la causa llegó al máximo tribunal penal, el fiscal general Raúl Pleé rechazó los argumentos de la defensa, sosteniendo que no existía fundamento jurídico suficiente para retrotraer la confirmación del procesamiento.
Ante este rechazo, los jueces Borinsky y Carbajo señalaron que la intervención del Ministerio Público “no subsanaba el problema”, pues su dictamen carecía de fundamentos concretos específicos del caso y se basaba en invocaciones generales, por lo que no justificó el rechazo del recurso planteado por la defensa.
El juez Carbajo adhirió al voto de Borinsky, opinando que la confirmación por parte de la Cámara de Apelaciones se había dictado en “exceso de la pretensión” formulada originalmente por la acusación.
En conclusión, ambos magistrados consideraron procedente anular el procesamiento por corrupción contra Alberto Fernández y devolvieron el expediente al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo.
En contraste, el juez Gustavo Hornos votó en disidencia, opinando que el recurso debía ser declarado inadmisible. Argumentó que la decisión de la Cámara de Apelaciones no era una sentencia definitiva ni equiparable a tal, por lo que no superaba el límite de impugnabilidad previsto en el Código Procesal Penal de la Nación.
Coincidiendo con lo expuesto por el fiscal Pleé, Hornos sostuvo que la defensa no demostró un agravio actual que no pudiera ser reparado con posterioridad.
Asimismo, destacó que el Ministerio Público Fiscal ante Casación había solicitado la inadmisibilidad o, subsidiariamente, el rechazo del recurso, proponiendo la continuidad del proceso.
Para Hornos, esta posición institucional disipaba el agravio basado en una supuesta falta de acusación válida.
Finalmente, el juez disidente afirmó que el procesamiento sin prisión preventiva, confirmado por la Cámara de Apelaciones, estaba “suficientemente fundado en derecho y en las constancias de la causa” en relación con los hechos investigados.
Resaltó que, en esta etapa, se había corroborado la existencia de un esquema irregular de direccionamiento en la contratación de seguros estatales, que habría operado bajo la centralización dispuesta por el Decreto 823/2021.
Este mecanismo habría facilitado la indebida incorporación de intermediarios y coaseguradoras privadas, con el consecuente pago de comisiones superiores a las de mercado y la eventual contratación de



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